Nuevo régimen laboral es una ley de la mano de obra joven y barata
A la medida. La iniciativa del Ejecutivo, aprobada
por el Congreso y aplaudida por los empresarios, es criticada por especialistas,
pues plantea un régimen sin CTS, ni gratificaciones, ni seguro de vida y con
tan solo 15 días de vacaciones.
Christian
Ninahuanca A.
Ciertamente
la tasa de desempleo en los jóvenes es más alta que para otros segmentos de la
población, pero eso no amerita generar condiciones de trabajo bajando costos
laborales mediante la reducción de derechos a los trabajadores, como plantea la
nueva ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral, defendida por
el gobierno y los empresarios, pero cuestionada por los especialistas
laborales.
Pese
a que fue aprobada el jueves último por el Congreso de la República, hasta ayer
sábado 13 de diciembre el presidente Ollanta Humala no promulgaba esta ley, que
en resumen propone un régimen laboral especial para jóvenes de 18 a 24 años que
tengan educación completa o secundaria incompleta (según el INEI hasta el 2013
hay 3.543.000 peruanos que cumplen esas condiciones).
Así,
durante los cinco años de vigencia que tendrá este nuevo régimen se busca que
ingresen más de 263 mil jóvenes desempleados al mercado laboral formal. Sin
embargo, no tendrían derecho a beneficios como la Compensación por Tiempo de
Servicios (CTS), las gratificaciones (dos por año), utilidades, asignación
familiar, seguro de vida y el seguro complementario de trabajo de riesgo.
Aunque
sí tendrían vacaciones, pero solo de 15 días; además, los jóvenes podrán elegir
su sistema de pensiones entre la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o
las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), costo que en cualquier régimen
laboral lo asumen los trabajadores.
El
ex ministro de Trabajo Javier Neves señaló que ya existía la Ley de Modalidad
Formativa Juvenil, que promueve bajo distintas modalidades el trabajo de los
jóvenes.
“Hubiera
bastado reformar eso y añadirle los incentivos que me parecen positivos que se
prevean, pero no dictar una ley que en verdad no va a contribuir a generar un
empleo de calidad”, afirmó Neves.
Las
grandes beneficiadas con esta nueva ley serían las empresas, todas, sin
importar su tamaño, el sector al que pertenecen o la actividad económica que
desarrollen, pues no solo se les bajarían los costos laborales.
Las
empresas que contraten jóvenes bajo este régimen especial tendrán derecho a un
crédito tributario contra el Impuesto a la Renta equivalente al monto del gasto
de capacitación de jóvenes contratados, siempre que no exceda el 2% de su
planilla anual de trabajadores del ejercicio en que devenguen dichos gastos.
Asimismo,
en el caso de las micro y pequeñas empresas que contraten jóvenes en su primer
empleo formal por un periodo de al menos un año, el Estado pagará lo
correspondiente a EsSalud directamente a dicha entidad.
El
laboralista Ricardo Herrera consideró a la nueva ley de positiva, pues se han
bajado los costos laborales, haciendo atractiva la nueva modalidad de
contratación de jóvenes.
Pero
la norma pone un “candado” para que las empresas no despidan a sus trabajadores
adultos con el fin de reemplazarlos por jóvenes bajo el nuevo régimen, al
establecer que el número máximo de trabajadores jóvenes será el 25% de la
planilla.
Para
el laboralista Javier Mujica esta ley permitirá lo mismo que ha sucedido con el
régimen de contratos temporales para la exportación no tradicional, a través
del Decreto Ley 22342 en 1978 (hace 35 años), o cuando aprobó el régimen
laboral especial de la agroindustria mediante la Ley N° 27360, que se supone
iba a regir “promocionalmente” solo unos pocos años, pero luego se aprobó que
rigiera hasta el año 2021.
“En
todos los casos siempre con menores derechos, aunque la estadística confirme,
una y otra vez, que no contribuyeron significativamente a la formalización sino
a la precarización cada vez mayor de los empleos de los peruanos”, señaló
Mujica.
Por
su parte, Diego Macera, economista principal del Instituto Peruano de Economía
(IPE), sostiene que para tener un impacto significativo sobre la economía y la
formalización, el gobierno debería considerar extender los avances ya
propuestos en el proyecto de ley para promover la formalización de jóvenes al
régimen general de trabajo.
Las
claves
En
el Congreso, esperan el pronunciamiento del ministro de Trabajo, Fredy Otárola,
sobre la ley de empleo juvenil. Según se informa, es posible que sea convocado
para conocer su opinión en relación a este tema.
Según algunos
parlamentarios, esta ley podría ser considerada inconstitucional, pues el
artículo 26 de la Carta Magna indica: “En la relación laboral se respetan los
siguientes principios: 1. Igualdad de oportunidades sin discriminación. 2.
Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la
ley”.
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